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Estadísticas Segunda Oportunidad [2024] | ||||
A finales del mes pasado se han publicado las estadísticas oficiales acerca de los Concursos de Acreedores en España. Estos datos incluyen los procedimientos de Segunda Oportunidad. Los resultados no pueden ser más elocuentes. En comparación con 2023, los Concursos de Acreedores se han «casi duplicado»; pasando de los 20.666 a los 41.099 de 2024. Pero, mientras que los Concursos de Acreedores de Empresas suben un poco (5.589 frente a los 4.544 de 2023), los de particulares (personas físicas empresarias o no y autónomos) se «más que duplican»: 35.510 frente a los 16.122 del año 2023.
La Ley de Segunda Oportunidad cumple 10 años. Apareció en la Ley Concursal de 2015 como un procedimiento por el cual las personas que no pueden pagar sus deudas, puedan librarse de ellas si cumplen una serie de condiciones. No es un invento de aquí. Es una Ley que ya existía en todos los países de nuestro entorno; y fueron ellos los que obligaron al legislador español a incorporar el procedimiento a su ordenación. Desde entonces, fuimos los despachos los que, dentro de nuestras posibilidades, dimos a conocer la existencia de esta Ley. No podemos negar que «quiebras mediáticas», como lo fue la de Bertín Osborne en su momento, la de los Morancos o la actual de Ivonne Reyes, con todo el debate público que generan a su alrededor; las que lograron que este procedimiento sea conocido por grandes capas de la sociedad que no suelen tener mucha relación con la prensa especializada. El caso es que, como se aprecia en la estadística, estos procedimientos pasaron de los 2.500 de hace 5 años a los más de 35.000 del año pasado. A ello también contribuyeron diferentes cambios legislativos. Sobre todo en lo referente a la vivienda habitual o a los activos empresariales de las personas autónomas. En aquella época, teníamos que decirle a los clientes que iban a tener que vender su casa. Eso ya no pasa y fue el empujón definitivo. El procedimiento se convirtió en viable para miles de personas. Pero no nos podemos quedar en el exterior. Esto son cifras de Concursos presentados. A nosotros nos gusta hablar de sentencias. El 100% de los casos que hemos llevado en este despacho, que ya son cerca de 1.000, han sido sentenciados con la exoneración de la mayor parte de las deudas de nuestros clientes; con o sin un Plan de Pagos que, en todo caso, estará muy ajustado a lo que realmente se pueda pagar. ¿Cómo es posible que esto sea así? Pues porque estudiamos detenidamente cada caso, ponemos las cosas claras desde el principio para establecer objetivos seguros sin renunciar a otros que sean «alcanzables»; y nunca recomendamos seguir adelante si no lo vemos lo suficientemente claro. Decimos siempre que no hay casos grandes y pequeños: no hay deuda lo suficientemente pequeña para quien, realmente, no puede pagar. El objetivo nunca es exonerar un deuda grande. El objetivo es que el cliente pueda comenzar de nuevo, rehabilitado económicamente. Nunca descartamos un cliente. Descartamos casos que no vemos viables y ofrecemos alternativas, porque no todo es la Segunda Oportunidad, tendentes a paliar una situación concreta o a ganar tiempo para buscar otra solución. Que la Segunda Oportunidad sea de conocimiento público no significa que ahora sea la llave maestra de todos los casos de insolvencia o sobreendeudamiento. Y en eso estamos ahora. | ||||
![]() Ángel Andújar Abogado experto en Derecho Concursal y Segunda Oportunidad Economista y Auditor de Cuentas Administrador Concursal
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