Ángel Andújar en Cadena SER: “Hasta la reforma de la Ley de Segunda Oportunidad, les decíamos que iban a tener que vender su casa”

Otro cambio que trajo esa reforma es que, desde entonces, estos procedimientos se ven en Juzgados Mercantiles especializados en temas económicos; lo que hizo que los plazos de tramitación descendieran drásticamente: lo que antes llevaba años ahora se consigue en meses.

Son varios los temas que se tratan en esta entrevista desarrollada en el programa Hoy por Hoy de Cadena SER; dónde nos invitaron a comentar y aclarar dudas que todavía existen sobre este procedimiento.

Una de ellas es la relacionada con la vivienda habitual; y la situación común de la deuda generada por la hipoteca.

Lo cierto es que las deudas hipotecarias no se exoneran con la Segunda Oportunidad. Están excluidas en la propia Ley. Lo que ocurre ahora, con esta modificación legal, es que, acogiéndose a la modalidad del “Plan de Pagos”, tanto la vivienda habitual como los activos del trabajo que se venga realizando como autónomo quedan fuera de la obligación de enajenación. Es decir: no hay que vender la vivienda habitual o el negocio para pagar deuda a los acreedores.

Si esa vivienda habitual está hipotecada, aún exonerado del resto de las deudas, seguirá pagando la hipoteca.

Este Plan de Pagos consiste en el compromiso, por parte del deudor, a dedicar la parte de sus ingresos que quede una vez descontados sus gastos básicos al pago de deuda durante un período determinado; un plazo no superior a los 5 años.

Sus ingresos son sus ingresos, eso está claro; y sus gastos básicos lo incluyen todo: alojamiento, manutención, vestimenta, desplazamientos, etc. Si así sucede, también incluyen el pago de la hipoteca, pensiones compensatorias o por alimentos en favor del ex-cónyuge o los hijos, tratamientos médicos, etc. Incluso nuestros honorarios.

Teniendo en cuenta esto, del Plan de Pagos se suelen desprender unas cantidades que están muy por debajo de lo que se viene pagando por amortizaciones, intereses y otros gastos por la deuda acumulada.

Otra de las novedades que trae la reforma de la Ley de Segunda Oportunidad respecto a las hipotecas es que permite que si el valor de la garantía hipotecaria está por encima del valor de mercado de la vivienda habitual, se pueda promover que la garantía se iguale a ese valor de mercado.

Es un caso muy poco habitual, pero es posible. En la entrevista hablamos de un cliente que vio cómo, a través de un Plan de Pagos por el que pasaba de pagar más de la mitad de su sueldo en cuotas de préstamos a pagar unos 20€ al mes, se le exoneraba de una deuda importante y, además, veía cómo su hipoteca se rebajaba en cerca de 40.000€ porque lo que restaba por pagar estaba por encima del valor real y actualizado de la vivienda que le sirve de garantía.
No es que se le haya exonerado de parte de la hipoteca, sino que se ha igualado lo que queda por pagar al valor real de la vivienda.

La casuística es muy grande y un buen asesoramiento es básico para conseguir salir de las deudas.

Puede escuchar la intervención completa en Cadena SER:

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