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¿Qué es el Plan de Pagos y para que sirve en la Ley de Segunda Oportunidad?

El Plan de Pagos es una parte fundamental del proceso de Segunda Oportunidad y la que más dudas genera entre las personas que están decidiéndose sobre si acudir o no a este proceso.

Su objetivo es la reestructuración de la deuda, a la vez permitiendo:

  • Al deudor hacer frente a los pagos de acuerdo a su capacidad económica actual y garantizando de esta manera su acceso a productos y servicios básicos
  • A los acreedores tener una garantía para el cobro de esas deudas

El Plan de Pagos es un calendario en el que queda reflejado qué parte de la deuda va a ser satisfecha y cuándo. Normalmente de 5 años.

Dependiendo de cuándo se apruebe, hay dos maneras de llevarlo a cabo:

  • Durante la fase extrajudicial: El Mediador preparará y enviará, con un plazo de 20 días, un Plan de Pagos a los Acreedores; que se podrá discutir y modificar y, en su caso, aprobar en la reunión entre estos y el deudor
  • Durante la fase judicial: Si en esa reunión no se alcanza el acuerdo, se elabora un plan de pagos que será aprobado judicialmente y será de obligado cumplimiento para todos

A efectos prácticos, la principal diferencia entre uno y otro es que, en el Plan de Pagos aprobado en fase judicial, de acuerdo con la jurisprudencia en vigor, los Juzgados pueden incluir los Créditos Públicos: las deudas con Hacienda o con la Seguridad Social.

Tanto en una como en otra fase, el Plan de Pagos puede incorporar:

  • Cancelaciones totales o parciales de las deudas (conocidas como quitas)
  • Aplazamientos en los pagos

Si nos centramos en la fase prejudicial, puede incluir también la cesión de parte del patrimonio del deudor o la conversión de deudas en acciones o participaciones en empresas de las que el deudor sea propietario. Todo ello, claro, si a los acreedores les interesa como negocio.

Además de los efectos sobre la deuda, el Plan de Pagos tiene otros efectos sobre la vida y la tranquilidad del deudor:

  • Suspende las ejecuciones sobre el patrimonio del deudor y el devengo de intereses sobre los impagos
  • Frena las peticiones que otros acreedores puedan realizar

Pero de todos ellos, el efecto más importante es el de adaptar los pagos que se realicen a partir de entonces a la situación económica actual y real del deudor; permitiéndole afrontarlos con mayor comodidad.


Ángel Andújar

Abogado experto en Derecho Concursal y Segunda Oportunidad

Economista y Auditor de Cuentas

Administrador Concursal

 

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