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¿Por qué la fecha del 30 de junio debería importarle si tiene deudas con Hacienda o la Seguridad Social?

La nueva redacción de la Ley Concursal cambiará radicalmente la Segunda Oportunidad en lo relativo a las deudas públicas: Hacienda, Seguridad Social, etc.

Aún existe la posibilidad, basándonos en sentencias y jurisprudencia concreta sentada por Tribunal Supremo, de cancelar buena parte de estas deudas. Con la nueva redacción, esta posibilidad se verá muy limitada: la jurisprudencia ya no nos valdrá y habrá que limitarse al máximo de 1.000€ planteado por la nueva Ley.

Además, el 30 de junio finalizan los moratorias que impedían la solicitud, a instancias de los acreedores, del Concurso Necesario; con lo que cualquier acreedor al que su empresa deba dinero podrá acudir al juzgado a reclamar las cantidades adeudadas. Incluso la entidad financiera con la que tenga contratados sus créditos en caso de que no pueda hacer frente a los pagos, aunque dichos créditos estén avalados por el Instituo de Crédito Oficial (ICO)

Tiene más información respecto a las consecuencias de esto y las diferencias en cuanto a afrontarlo con una u otra Ley en los siguientes enlaces.

La reforma de la Ley Concursal impedirá cancelar las deudas con Hacienda y Seguridad Social con la Segunda Oportunidad

¿Por qué es tan importante el 30 de junio si tiene usted deudas?

Nosotros le ofrecemos la posibilidad de resolver todas sus dudas respecto al procedimiento, tener claro cuáles son los pasos que debe dar y valorar si le conviene más acogerse a una Ley u otra. Todo en una única llamada gratuita al 900799111.

Si no se ha puesto en contacto con nosotros ya, es buen momento para hacerlo.


Ángel Andújar

Abogado experto en Derecho Concursal y Segunda Oportunidad

Economista y Auditor de Cuentas

Administrador Concursal

 

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